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euskara | 17 de mayo de 2012
REGLAMENTO ORGÁNICO (Tamaño 177kb)Artículo 1: El Ayuntamiento de Tafalla, en ejercicio de la potestad reglamentaria y de autoorganización que le reconoce la Ley 7/1.985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y con sujeción a la misma, ha acordado, mediante el presente Reglamento regular su organización y el régimen de funcionamiento de los órganos básicos y complementarios que en el mismo se establecen, de forma provisional, y hasta tanto se considere oportuno su modificación una vez esclarecidas suficientemente las líneas fundamentales de desarrollo de la citada Ley.
Artículo 2: La organización municipal se ajusta a las siguientes estructuras:
Artículo 3: Corresponden al Ayuntamiento Pleno el control y fiscalización de los órganos de gobierno.
Artículo 4: El Ayuntamiento de Tafalla se regirá en esta materia por la siguiente legislación: