Ayuntamiento de Tafalla/Tafallako Udala

¿Está permitido fumar en las paradas de autobuses?

Respuestas

23/7/2014

Buenos días Cristina, me pongo en contacto con usted para preguntarle si está permitido fumar en las paradas de autobuses de Tafalla. Creo recordar, que hubo colocadas unas pegatinas prohibiéndolo, pero duraron muy poco tiempo.

Resulta muy desagradable para los que no somos fumadores estar respirando al punto de la mañana el humo del tabaco de otras personas, y que aunque algunas les pidan por favor que no fumen en la misma marquesina hagan caso omiso e incluso se burlen. Muchas mañanas hay algún pequeño incidente entre fumadores y no fumadores.

La verdad es que estaría bien, que el Ayuntamiento tomase cartas en el asunto, colocando unas placas metálicas con unos simples remaches con la prohibición (para que durase un poco más de tiempo).

 

Estimado I.:

Mediante este e-mail hago referencia al enviado el pasado 16 de julio, en el que preguntabas sobre si está permitido fumar en las paradas de autobuses, ya que por las mañanas, mientras esperas la llegada del autobús, te encuentras con otros vecinos que también están en la marquesina y fuman, con la consiguiente molestia que ello supone a las personas no fumadoras.

He consultado a este respecto y me han informado lo siguiente:

“La Ley 28/2005, de 26 de diciembre (y su modificación en la Ley 42/2010 de 30 de diciembre de 2010)) de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco, es la que determina en su artículo 7 en qué zonas está prohibido fumar.

Esta Ley establece que con carácter general, se prohíbe fumar en todos los espacios cerrados públicos y de uso colectivo y en los espacios al aire libre destinados a menores, además de aquellos en los que por decisión de su titular se prohíba fumar.

La Ley define los espacios de uso público como los accesibles al público en general o lugares de uso colectivo, con independencia de su titularidad pública o privada, incluyendo los vehículos de transporte público o colectivo.

En la Ley 42/2010 se establece la prohibición de fumar en estaciones de autobuses, salvo en los espacios que se encuentren al aire libre, vehículos o medios de transporte colectivo urbano e interurbano, vehículos de transporte de empresa, taxis, ambulancias, funiculares y teleféricos.”

Espero te aclare esta información la duda que tenías sobre los espacios al aire libre en los que se puede fumar.

Aprovecho gustosa esta ocasión y te envío un cordial saludo.

Atentamente. La Alcaldesa, Cristina Sota Pernaut.

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