
Visita guiada este martes 15 de abril a la exposición de Atxu Ayerra
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Pongo en su conocimiento que la Alcaldesa Accidental ha dictado la resolución cuyo tenor literal se transcribe a continuación:
“Resolución de 31 de agosto de 2020, de la Alcaldesa Accidental del M.I. Ayuntamiento de Tafalla por la que se autoriza la reapertura de las instalaciones de la Casa de la Juventud de Tafalla “La Kolasa” Gazte Etxea, a partir del 1 de septiembre de 2020.
Mediante Resolución de 13 de marzo de 2020 del Alcalde del M.I. Ayuntamiento de Tafalla, se dictan criterios e instrucciones como consecuencia de la situación y evolución del coronavirus (COVID-19) en relación con los eventos e instalaciones públicas, medidas a las que se les atribuyó la condición de revisables en atención a la evolución de los casos o de otras medidas que se vayan tomando según criterios epidemiológicos.
Entre las medidas adoptadas en la citada Resolución se encuentra el cierre de la Casa de la Juventud de Tafalla “La Kolasa” Gazte Etxea.
Mediante Real Decreto-Ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria
ocasionada por el COVID-19 se adoptan medidas preventivas mientras no sea declarada oficialmente la finalización de la crisis sanitaria, dejando a las
Comunidad Autónomas la competencia para el establecimiento de dichas medidas.
El artículo 14 de la citada norma, establece que “Las administraciones competentes deberán asegurar el cumplimiento por los titulares de equipamientos
culturales, tales como museos, bibliotecas, archivos o monumentos, así como por los titulares de establecimientos de espectáculos públicos y de otras actividades recreativas, o por sus organizadores, de las normas de aforo, desinfección, prevención y acondicionamiento que aquellas determinen”.
Por tanto, debe tenerse en cuenta que, a pesar de haberse superado la fase 3 del Plan para la Transición hacia una nueva normalidad, que implica
que quedan sin efecto las medidas adoptadas durante el estado de alarma, se deben adoptar medidas preventivas adicionales mientras no sea declarada oficialmente la finalización de la crisis sanitaria, con el establecimiento de un deber general de cautela y protección que afiance comportamientos de
prevención del conjunto de la población.
Mediante Acuerdo del Gobierno de Navarra de 19 de junio de 2020 por el que se declara la entrada de la Comunidad Foral de Navarra a la nueva
normalidad, se dictan medidas de prevención necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, una vez superada la fase 3 del
Plan para la transición hacia una nueva normalidad, modificándose posteriormente mediante Acuerdo de Gobierno de Navarra de fecha 26 de
agosto de 2020.
El citado acuerdo establece medidas generales de higiene y protección para todas las actividades y medidas adicionales de prevención y aforo por sectores.
Visto el informe propuesta del Técnico de Juventud con el visto bueno del Concejal Delegado de Juventud y Participación del Ayuntamiento de Tafalla, consultado el Servicio de Prevención de Riesgos, y en virtud de las competencias que tengo atribuidas de conformidad con lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y demás normativa de general aplicación,
HE RESUELTO:
Primero.- Autorizar la reapertura de las instalaciones de la Casa de la Juventud de Tafalla “La Kolasa” Gazte Etxea a partir del próximo 1 de Septiembre de 2020 con las medidas generales de higiene y protección pertinentes dentro de la situación de Nueva Normalidad para instalaciones y espacios de uso público de estas características, y bajo las siguientes condiciones:
Condiciones generales
En todo momento se cumplirá las medidas de higiene y protección establecidas en el Acuerdo del Gobierno de Navarra de fecha 19 de junio de 2020, modificado mediante acuerdo de fecha 26 de agosto de 2020, y cuantas medidas específicas se establezcan o establecieran por las autoridades competentes.
Todo ello sin perjuicio de las normas o protocolos específicos que se establezcan para esta actividad en concreto, pudiendo llegar a la anulación de
actividades y cierre del edificio si son impeditivas de tal uso.
Condiciones específicas de las instalaciones de la Casa de la Juventud de Tafalla “La Kolasa” Gazte Etxea.
Medidas preventivas
· Limpieza y desinfección diaria tras cerrarse las instalaciones. Se realizará en horario de mañana durante dos horas a cargo del servicio de limpieza del programa de inserción sociolaboral municipal.
· Limpieza, ventilación y desinfección diaria durante el transcurso de la actividad. Se realizará durante una hora a cargo del servicio de limpieza del programa de inserción sociolaboral municipal.
· El acceso y el tránsito por las zonas comunes está debidamente señalizado evitando al máximo el contacto y aglomeraciones.
· Disponibilidad de hidrogel para todos y todas participantes en cada planta del edificio.
· Todas las salas están señalizadas con su aforo máximo permitido. El personal responsable controlará estos aforos.
· Todas las plantas tienen cartelería con las recomendaciones, obligaciones sanitarias y preventivas a cumplir.
· La zona de atención al público estará protegida con mamparas sanitarias.
· El uso de mascarilla es obligatoria en toda la instalación.
· No se permitirá el uso del ascensor salvo necesidades específicas y excepcionales en las que su ocupación máxima será de una persona.
· El uso del aseo estará limitado a una persona, reduciendo los aseos a la mitad de las cabinas disponibles.
· Disponibilidad de papeleras en todas las salas.
· Los materiales suministrados se desinfectarán después de cada uso.
· Las actividades dirigidas serán para grupos reducidos.
· Se priorizará las actividades a realizar en las zonas exteriores de la instalación. El patio interno y terraza estarán habilitadas para su uso y disfrute.
· Las salas de estudio y reunión de la segunda planta serán desinfectadas después de cada uso. Solamente se podrán utilizar tras reserva en recepción dando los nombres de las y los usuarios. Aforo de 6 personas máximo.
· La Sala de ensayos de la planta sótano se mantendrá sin uso hasta que se puedan garantizar la implantación de las medidas higiénicas y de prevención establecidas por las autoridades sanitarias.
· Las educadoras, como siempre, velarán por el correcto uso y funcionamiento de las instalaciones también en estas circunstancias especiales.
Segundo.- Dar traslado de la presente resolución al Área de Juventud del Ayuntamiento de Tafalla, así como a Policía Municipal de Tafalla a los efectos
de su conocimiento.
Tercero.- Dar publicidad por los cauces habituales de la presente Resolución para general conocimiento y cumplimiento por parte de las personas usuarias de las instalaciones y sus actividades.“
La Secretaria Municipal. Nekane Agreda Arróniz
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