Ayuntamiento de Tafalla/Tafallako Udala

04 de noviembre de 2016

Acuerdo de Pleno de aprobación definitiva del Plan Especial para instalación de ascensores en la urbanización Cidacos

04/11/2016

Pongo en su conocimiento que el Pleno del Ayuntamiento de Tafalla en sesión celebrada el día 25 de octubre de 2016, adoptó entre otros el acuerdo que, a reserva de la aprobación del acta correspondiente, es del tenor literal siguiente:

Visto el acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 14 de junio de 2016 mediante el cual se somete el Plan Especial para la instalación de ascensores en grupo Cidacos a información pública durante el plazo de un mes (
B.O.N. nº 136 de 14 de julio de 2016).

Vistas las alegaciones presentadas entre los días 29 de julio y 11 de agosto, durante el periodo de exposición pública, así como el informe de contestación a las mismas del equipo redactor del Plan Especial

Visto el informe emitido por la Arquitecta Municipal con fecha 20 de octubre de 2016, así como el dictamen favorable de la Comisión Informativa de Urbanismo del 18 de octubre, SE ACUERDA:

PRIMERO.- Estimar parcialmente las alegaciones relativas a la accesibilidad y condiciones de la urbanización en cuanto a la adaptación de los espacios públicos urbanizados que se modifiquen como consecuencia de las obras descritas en el Plan Especial.

Los proyectos de los nuevos portales incluirán la reforma del entorno de la urbanización que se vea afectado.

Merece en este sentido consideración especial la afección en la calle trasversal de la urbanización, donde se presentará un proyecto unitario de desvío de colectores y pavimentación previo a las licencias en los portales 4, 8 y 11.

Desestimar el resto de cuestiones de adaptación a normativa de accesibilidad del resto de la urbanización, por entender que la misma ya cuenta con un itinerario accesible (marcado en plano 31), y que el resto de reformas de la urbanización para mejorar la accesibilidad pueden ejecutarse en cualquier momento mediante la tramitación de un proyecto de obras, sin que a día de hoy se considere proporcionada la exigencia de su reforma completa.

                   SEGUNDO.- Estimar las alegaciones relativas a la unidad estética de las soluciones propuestas, estableciendo una solución para las calles longitudinales, que deberá elegirse entre panel sándwich gris o el ladrillo caravista actual (se determinará en el proyecto que se presente para solicitar la licencia de obras),  y otra solución, similar a la existente, en la calle transversal, que consiste en pintura o panel sándwich blanco y carpintería gris.

                   TERCERO.- Desestimar las alternativas presentadas por las incorrecciones técnicas puestas de manifiesto en el informe del equipo redactor que cuestionan su viabilidad técnica, considerando suficiente en relación con el objeto de este Plan Especial el análisis de las alternativas descritas en el documento que se tramita y su viabilidad.

Queda abierta la posibilidad de que se planteen otras intervenciones por el interior de los bloques de viviendas que no requerirían modificar alineaciones de la edificación, y que por tanto no se verían afectadas por la tramitación de este Plan Especial.

                   CUARTO.- Desestimar la propuesta de paralización del Plan Especial hasta la legalización del garaje y la de que se establezca desde el Plan Especial la prohibición que los ascensores desciendan hasta el garaje,  por entender que son cuestiones independientes del Plan Especial para el cambio de alineaciones.

No obstante,  si se plantearan ascensores que desciendan al garaje, esto requeriría la modificación del expediente de actividad clasificada del mismo, al incluir desde éste nuevos accesos a las viviendas.

                   QUINTO.- Desestimar las alegaciones sobre la participación vecinal, Asambleas etc… por entender que el Plan Especial ya ha cumplido, como queda acreditado en el expediente, con el trámite legal urbanístico de Participación Ciudadana (Acta de sesión explicativa de fecha 17 de mayo de 2016) y de Información Pública.

Consta en el expediente además, documentación justificativa de la representación que ostenta la solicitante de la tramitación de este Plan Especial.

                   SEXTO.- Aprobar definitivamente el Plan Especial para la  instalación de ascensores en la urbanización Cidacos con registro de entrada nº 5.184, promovido por la Comunidad de Propietarios Urbanización Zidakos.

SEPTIMO.- Remitir al Departamento de Vivienda y Ordenación del Territorio de Gobierno de Navarra el Plan Especial aprobado definitivamente, junto con los informes emitidos, en un plazo máximo de 10 días contados desde dicha aprobación, para su control de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Foral 6/1990, de 12 de julio, de la Administración Local de Navarra.

OCTAVO.- Proceder a la publicación del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de Navarra acompañado de la normativa del Plan Especial a efectos de su entrada en vigor.

NOVENO.- Notificar el presente acuerdo al promotor, a los afectados, al Área de Urbanismo, Policía Municipal, Tablón de Anuncios Municipal y Secretaría General a los efectos oportunos.

Lo que notifico para su conocimiento y efectos,

Tafalla, a  4 de noviembre de 2016

EL Alcalde-Presidente,  Fdo: Arturo Goldaracena Asa

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