Ayuntamiento de Tafalla/Tafallako Udala

29 de diciembre de 2022

Ayudas económicas para el aprendizaje de euskera

Foto noticia

El ayuntamiento de Tafalla, a través del Servicio de Euskera concederá ayudas económicas para el aprendizaje de euskera conforme a las siguientes.

OBJETO

Las ayudas que regula esta convocatoria tienen por objeto financiar, en parte, los gastos que ha originado el aprendizaje de euskera durante el curso 2021/2022.

CONDICIONES

De la persona solicitante. Podrán solicitar esta ayuda por aprendizaje de euskera las personas que reúnan las siguientes condiciones:

  • Ser mayores de 16 años.
  • Estar empadronada en Tafalla. En la fecha de finalización del curso deberá seguir empadronada para recibir el total de la ayuda. En caso contrario se hará el cálculo proporcional según la fecha de baja.
  • No podrán tomar parte en esta convocatoria las personas de Tafalla que, siendo trabajadoras de alguna administración pública, estén incluidas en planes de aprendizaje de euskera específicos.

De los cursos.

a) Se subvencionarán los cursos homologados extensivos (más de 120 horas), intensivos (más de 70 horas) e internados (Barnetegis) (con un mínimo de 7 días) y auto-aprendizaje. Se subvencionará el curso escolar anterior, no el que se está realizando en la actualidad.

b) Las personas solicitantes sólo podrán recibir ayuda por un curso de igual nivel, salvo en casos excepcionales que serán debidamente valorados por el órgano competente y siempre que se acredite la asistencia mínima requerida (80% del total de las horas de clase).

Compatibilidad con otras subvenciones o ayudas

Las subvenciones previstas en la presente Convocatoria son compatibles con aquellas otras que, teniendo el mismo fin, pudieran ser otorgadas por cualquier otra Institución pública o privada, siempre que de ello no se derive sobre financiación. Caso de producirse esta, tal circunstancia habrá de ser comunicada de forma escrita al Servicio Municipal de Euskara, a fin de reducir el importe de la subvención económica hasta el límite máximo que corresponda.

PLAZOS Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.

Las solicitudes se presentarán en el Registro del Ayuntamiento de Tafalla o por Registro telemático 15 días hábiles a partir de la publicación del extracto en el BON.

El plazo será improrrogable y no se admitirán solicitudes fuera de ese plazo.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

Todos los documentos serán originales o compulsados por el Ayuntamiento.

Los datos de las personas solicitantes se tratarán según lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. Las personas solicitantes deberán presentar en el Registro del Ayuntamiento de Tafalla o por Registro telemático la siguiente documentación:

  • Instancia de solicitud de subvención (se puede solicitar en el Ayuntamiento de Tafalla o descargar a través de la página web). DESCARGAR INSTANCIA
  • Certificado de la entidad organizadora del curso en el que se detallarán las condiciones del mismo: fechas de duración, nivel, número de horas, asistencia y coste del curso. Para poder cobrar la ayuda, la asistencia deberá ser superior al 80%.
  • Justificante del pago de la matrícula (expedido por la entidad bancaria o la entidad organizadora del curso).
  • Fotocopia de la primera hoja de la libreta bancaria en la que se desea se ingrese la subvención.
  • Certificado de la Seguridad Social en el que se verificará estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
  • Certificado de Hacienda Foral de Navarra en el que se verificará estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias.

Subsanación de errores. Si en la solicitud presentada faltara algún documento o dato, el Ayuntamiento requerirá completar la solicitud en el plazo de diez días naturales desde la recepción de la notificación. Si pasado ese plazo no se ha aportado la documentación o datos requeridos, se entenderá que la persona solicitante renuncia a la solicitud.

CUANTÍA DE LAS AYUDAS

  • Para llevar a cabo el objeto de esta convocatoria se contará con la partida aprobada en los presupuestos del año 2022, y para ello se utilizarán 4.500 euros, provenientes de la partida presupuestaria 0 3350 4800001 “Subvenciones para el Aprendizaje de Euskera”.
  • La ayuda será de un 50% del gasto de la matrícula. El alumno o la alumna no recibirá una ayuda superior a 250€.
  • En cualquier caso y en función de la disponibilidad presupuestaria si el número de solicitudes supera la consignación económica reservada para la convocatoria, se prorrateará entre las personas beneficiarias que cumplan los requisitos establecidos.

RESOLUCIÓN Y PLAZO DE NOTIFICACIÓN.

  • El órgano competente para la ordenación, instrucción y resolución del procedimiento de concesión de la subvención será la Junta de Gobierno Local.
  • El plazo para la resolución del procedimiento de concesión será de un mes y la notificación se realizará en un plazo de 10 días. La resolución sobre la concesión de ayudas se publicará en la página web municipal (www.tafalla.es).
  • El pago se hará de una única vez mediante transferencia bancaria al número de cuenta corriente facilitado y se realizará en el plazo de un mes desde la fecha de resolución de la concesión de la subvención.

INTERPRETACIÓN

La resolución de las cuestiones que puedan plantearse en esta Convocatoria será de competencia exclusiva del Ayuntamiento de Tafalla. En todo aquello que no haya sido contemplado en las presentes Bases será de aplicación la Ordenanza Municipal de Subvenciones, así como la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento, aprobado por RD 887/2006, de 21 de julio, así como demás normativa concordante y de pertinente aplicación.

RECURSOS

Contra dicha resolución, que pondrá fin a la vía administrativa, cabrá imponer optativamente uno de los siguientes recursos:

  • Recurso CONTENCIOSOADMINISTRATIVO ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de notificación de la resolución.
  • Recuso de ALZADA ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución.
  • Recurso de REPOSICION ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de UN MES a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución.

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