Charlas sobre psicología del deporte y el bienestar
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04/11/2016
D. ARTURO GOLDARACENA ASA, Alcalde-Presidente del M.I. Ayuntamiento de la M.N. y M.L. Ciudad de Tafalla (Navarra).
HACE SABER:
Que en el Pleno de fecha 25 de octubre de 2016 se adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
“Vista solicitud formulada por la Administración de la Comunidad Foral de Navarra en orden a la cesión gratuita del uso – por un plazo de veinte años – de la parcela 360, Polígono 31, para construcción de un intercambiador para el servicio de transporte público interurbano regular de uso general; así como la propuesta de convenio a suscribir entre ambas Administraciones Públicas.
Atendido que la parcela identificada ostenta la condición de bien de dominio público, conforme a las previsiones contenidas en los artículos 97 y concordantes de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, resulta precisa la alteración de dicha calificación jurídica en orden a posibilitar su cesión de uso a favor de otra Administración Pública.
Atendido que conforme a lo dispuesto en el artículo 128 del mismo cuerpo legal la posibilidad de que las entidades locales cedan gratuitamente el uso de sus bienes en favor de otras administraciones o entidades públicas o de entidades privadas sin ánimo de lucro, para fines de utilidad pública o interés social que redunden en beneficio de los vecinos, se contempla en relación con los bienes que, formando parte de su patrimonio, ostenten la condición de bienes patrimoniales.
Visto artículo 103.1 de la Ley Foral citada que dispone que “La alteración expresa de la calificación jurídica de los bienes de dominio público y de los patrimoniales requiere expediente en el que se acredite su oportunidad y legalidad. El expediente deberá ser resuelto por el Pleno, previa información pública, por plazo de un mes. Si la alteración de la calificación jurídica se refiere a bienes de dominio público el acuerdo habrá de adoptarse por mayoría absoluta del número legal de miembros de la corporación. Tratándose de bienes afectos a servicios o actividades públicas en las que concurran, junto a la competencia de la entidad local de que se trate, la de otra u otras administraciones públicas, la acreditación de la oportunidad de la desafectación requerirá, en todo caso, informe favorable de éstas”.
Atendido que el órgano competente para la alteración expresa de la calificación jurídica de los bienes patrimonio de la entidad local es el Pleno, y a la vista del dictamen de la Comisión Informativa de Servicios Generales: Bienes, Personal, Organización, Educación y Nuevas Tecnologías, de fecha 17 de octubre de 2016 y el dictamen de la Comisión informativa de Urbanismo, de fecha 18 de octubre de 2016,
SE ACUERDA:
Primero.- Incoar, conforme a lo dispuesto en el artículo 103.1 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, el expediente de alteración de la calificación jurídica de la parcela 360, Polígono 31, a los efectos de posibilitar su cesión gratuita de uso a favor de la Comunidad Foral de Navarra, para la construcción de un intercambiador para el servicio de transporte público interurbano regular de uso general.
Segundo.- Someter, de conformidad con lo dispuesto en precepto citado, el expediente, así como la propuesta de convenio obrante en el mismo, al trámite de exposición pública, por plazo de un mes, mediante la inserción del correspondiente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra, indicando que contra el presente acuerdo que no es definitivo en vía administrativa, no cabe la interposición de recurso por tratarse de un acto de trámite, sin perjuicio de que, ex artículo 112.1 in fine de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los interesados puedan efectuar las alegaciones que estimen convenientes, a los efectos de que sean consideradas en la resolución que ponga fin al procedimiento.
Tercero.- Publicar el presente acuerdo, mediante edictos, en el Tablón de Anuncios de esta Entidad y página Web municipal; dar traslado del mismo a Secretaría Municipal y proceder a su incorporación en el expediente de su razón”.
Lo que se publica por Edicto para general conocimiento. Tafalla, a 26 de octubre de 2016.
El Alcalde,
Fdo: Arturo Goldaracena Asa.
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