Pongo en su conocimiento que la Alcaldía del M.I. Ayuntamiento de Tafalla ha dictado con fecha 11 de mayo de 2023 la Resolución cuyo tenor literal se transcribe a continuación:
“Resolución de la Alcaldía del M.I. Ayuntamiento de Tafalla, por la que se autoriza el traspaso concertado de la ocupación, con carácter fijo, de los puestos nº 47, 48, 49 y 50, de la Plaza del Mercado a favor de “ASURMENDI OJER, OLGA Y MORENO ORDUÑA, MARIA ISABEL”.
Con fecha 12 de abril de 2023, doña María Josefa Galar Sola, adjudicataria con carácter fijo de los puestos nº 47, 48, 49 y 50, de la Plaza del Mercado, comunicó al Ayuntamiento de Tafalla el cese de su ocupación con motivo de su jubilación; solicitando, al amparo de lo preceptuado en el artículo 17 del Reglamento del Mercado Público de la Ciudad de Tafalla, permiso para efectuar su traspaso directamente – en favor de doña Olga Asurmendi Ojer y doña María Isabel Moreno Orduña -, señalando como precio del traspaso la cuantía de 1.000 euros.
Mediante Resolución de Alcaldía de fecha 20 de abril de 2023 se dispuso la iniciación del procedimiento en orden a la autorización para el traspaso de la ocupación, con carácter fijo, de los puestos identificados; procediéndose, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 19 del Reglamento del Mercado Municipal, a la apertura del plazo de ocho días hábiles a los efectos de que cualquier persona con capacidad legal para ocupar dichos puestos pudiera solicitar subasta pública para el traspaso en cuestión.
Consta en el expediente informe emitido, con fecha 8 de mayo de 2023, desde la Oficina de Atención Ciudadana señalando que durante el plazo habilitado al efecto no se ha presentado solicitud de subasta pública para el traspaso de los citados puestos de la Plaza del Mercado.
El artículo el artículo 19 del Reglamento del Mercado Municipal, relativo al procedimiento a seguir en los supuestos en que el adjudicatario solicite permiso para la cesión o traspaso directo a un tercero de la ocupación fija de puestos, determina que “(…) Si transcurrido el plazo de ocho días hábiles antes mencionado sin oferta de mejora, el Ayuntamiento admitirá el traspaso concertado entre los particulares por el precio convenido por éste. En todos los casos, en el precio del traspaso se considerará incluido a todos los efectos el de las instalaciones fijas que existiesen en el puesto, tales como cámara frigorífica, instalación eléctrica, etc”.
Relacionado con ello, el artículo 20 de la misma norma jurídica señala que “En todos los traspasos que se verifiquen ya por subasta, o entre particulares, el producto que se obtenga se dividirán entre el Ayuntamiento y el Cedente; en proporción del 25% para el Ayuntamiento y el 75% restante para el que cesa en la ocupación del puesto. El adquirente satisfará el 25% de participación Municipal en el término de ocho días hábiles, a contar desde el siguiente al que reciba la notificación en que se le reconoce como nuevo ocupante del puesto. Al mismo tiempo se firmará por el cedente, el adquirente y el Secretario Municipal un documento de liquidación del traspaso, en triplicado ejemplar, en el que constará clase y número del puesto, nombre, D.N.I. y domicilio de los contratantes, fecha de la adjudicación, bien sea por subasta o por traspaso directo aceptado, importe del traspaso, cuantía de la participación Municipal y conformidad del Cedente para entrega al adquirente del puesto objeto del traspaso o cesión, por haberse cumplido lo acordado entre los particulares en la parte que a él le afecte; el adquirente satisfará simultáneamente el importe en vigor de la licencia según la clase de puesto.
Estos pagos son totalmente independientes de los impuestos, contribuciones, tasas o derechos que graven el negocio de que se trate”.
De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ordenanza Fiscal nº 22 reguladora de las tasas por utilizaciones privativas, aprovechamientos especiales, prestación de servicios y realización de actividades relacionadas con la plaza del mercado, venta ambulante y recinto ferial, la cuota mensual a satisfacer por la ocupación fija de los puestos 47, 48 y 49 asciende a 53,05 euros por cada puesto, y a 74,35 euros por la ocupación del puesto nº 50.
Consta igualmente en el expediente escrito presentado con fecha 3 de mayo de 2023 por doña Olga Asurmendi Ojer en el que autoriza a Estudio 28, S.L, para actuar en su nombre representación, ante el Ayuntamiento de Tafalla, en todo lo relacionado con el procedimiento de traspaso de los puestos de la Plaza del Mercado nº 47, 48, 49 y 50. Habiéndose comunicado en la misma fecha a esta Entidad que las interesadas en favor de quienes se solicita dicho traspaso se han constituido como sociedad irregular “ASURMENDI OJER, OLGA Y MORENO ORDUÑA, MARIA ISABEL”, con N.I.F. E71477228; solicitándose que en el caso de que se admita el traspaso instado por la actual adjudicataria, éste se disponga en favor de la citada sociedad.
En virtud de lo expuesto, y en ejercicio de las competencias que tengo atribuidas por el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y demás normativa de general y pertinente aplicación,
HE RESUELTO:
Primero.- Autorizar el traspaso concertado de la ocupación, con carácter fijo, de los puestos nº 47, 48, 49 y 50, de la Plaza del Mercado, solicitado por María Josefa Galar Sola, con motivo del cese en su ocupación, en favor de sociedad irregular “ASURMENDI OJER, OLGA Y MORENO ORDUÑA, MARIA ISABEL”, con N.I.F. E71477228, en la cantidad total 1000 euros.
Segundo.- Señalar que la formalización del documento de liquidación se llevará a efecto a las 12:00 horas del día 16 de mayo de 2023, a cuyos efectos doña María Josefa Galar Sola, en su condición de cedente, y la representación de la sociedad irregular “ASURMENDI OJER, OLGA Y MORENO ORDUÑA, MARIA ISABEL”, en su condición de adquirente, deberán comparecer en Secretaría Municipal del Ayuntamiento de Tafalla.
Tercero.- Indicar a las interesadas lo siguiente:
a. en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 20 del Reglamento municipal, la sociedad irregular “ASURMENDI OJER, OLGA Y MORENO ORDUÑA, MARIA ISABEL”, en el término de ocho días hábiles a contar desde el siguiente al de la recepción de la notificación de la presente Resolución, deberá satisfacer el 25% de participación municipal (250 euros), así como el importe de la tarifa correspondiente a la licencia municipal por ocupación de puestos fijos que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 y anexo final del citado reglamento, asciende a 120,20 euros por cada uno de los puestos (480,80 euros en total), y formalizar la liquidación del traspaso en la forma indicada en dicho precepto. Abonos que deberán satisfacerse mediante transferencia bancaria, aportándose los justificantes correspondientes en el momento de la formalización del documento de liquidación, incorporándose al mismo.
ENTIDAD BANCARIA
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Nº DE CUENTA
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CAIXA
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ES22 2100 3696 6922 0006 8626
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CAJA LABORAL POPULAR
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ES77 3035 0114 1711 4090 0001
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CAJA RURAL
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ES29 3008 0044 4707 0183 5621
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BANCO BILBAO VIZCAYA
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ES39 0182 0273 0000 0001 2700
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BANCO SANTANDER CENTRAL HISPANO
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ES77 0049 0084 7024 1028 8490
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BANCO SABADELL GUIPUZCOANO
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ES30 0081 4357 1700 0101 6309
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CAJA MAR
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ES77 3058 4804 9227 3200 0011
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b. la adjudicación de la ocupación con carácter fijo e inscripción de los citados puestos a nombre de “ASURMENDI OJER, OLGA Y MORENO ORDUÑA, MARIA ISABEL” queda condicionada al cumplimiento de los trámites indicados en el punto anterior.
c. Conforme a lo dispuesto en el artículo 26 del Reglamento Municipal, los puestos habrán de ser atendidos por sus titulares o por sus familiares; y si hubieran de serlo por asalariados, podrá el Ayuntamiento exigir la prueba documental que demuestre de modo indudable el carácter de tales; así como que deberán observar el resto de condiciones establecidas en dicho reglamento.
d. El Reglamento regulador del Mercado Público puede consultarse en la página web del Ayuntamiento de Tafalla, apartado de normativa, (https://www.tafalla.es/wp-content/uploads/2023/03/Reglamento-Plaza-del- Mercado-mod.2006.pdf).
Tercero.- Trasladar la presente Resolución al Área de Servicios Económicos y Desarrollo, a los efectos de que procedan a la liquidación mensual de la tasa exigible con arreglo a la Ordenanza Fiscal nº 22, y al Área de Servicios Generales, a los efectos de que impulse los trámites precisos para su ejecución.
Cuarto.- Disponer la publicación de la presente Resolución en los medios en que se insertó la correspondiente a la incoación del procedimiento de referencia.
Quinto.- Notificar la presente Resolución a ESTUDIO 28, S.L. – en representación de “ASURMENDI OJER, OLGA Y MORENO ORDUÑA, MARIA ISABEL”, y a María Josefa Galar Sola, indicando que contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer los siguientes recursos:
a) Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo hubiera dictado en el plazo de un mes que se contará a partir del día siguiente al de su notificación.
b) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente al de su notificación.
c) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la presente notificación.”
La Secretaria Municipal, Nekane Ágreda Arróniz.